En Argentina existen diversas normas que regularizan las actividades humanas con el medio ambiente.
Ley General del Ambiente (25.675)
Busca proteger el ambiente y obliga a quienes generaron daños a hacerse cargo. Detalla los limites de lo permitido.
Trata el cuidado de la diversidad biológica (animales, plantas, insectos, bacterias y organismos) y el desarrollo sustentable. Menciona los instrumentos para aplicar la ley correctamente y estas son: ordenamiento territorial, evaluación del impacto ambiental, sistema de control sobre las actividades humanas, educación ambiental, sistema de diagnóstico e información ambiental y régimen económico de promoción de desarrollo sustentable.
Ley de educación ambiental integral (27.621)
Plantea una política educativa permanente e integral en todos los establecimientos educativos del país. Se busca que los argentinos incorporen un pensamiento critico y resolutivo en el manejo de las temáticas ambientales, el uso sostenible de los bienes y servicios ambientales, la prevención de la contaminación, el respeto por la biodiversidad, el reconocimiento de la diversidad cultural y la preservación de las culturas de los pueblos indígenas. Una de las aristas de la ley es el alcance de las políticas educativas, tiene en cuenta todos los sectores sociales, la educación informal y formal, medios de comunicación, etc. En otra palabras, su función es llegar a todos los ciudadanos sin distinción de edad, nivel educativo o socio económico.
Ley Yolanda (27.592)
En el año 2020 se creó la ley 27.592 que establece que todos los organismos del Estado brinden capacitaciones gratuitas acerca de desarrollo sostenible, cuidado del ambiente y cambio climático.
Las capacitaciones deben enseñar:
• cómo producir y consumir de manera responsable.
• cómo generar menos residuos.
• cómo cuidar la energía.
• cuáles son las leyes acerca de la protección del ambiente.
Todas las personas que trabajan en el Estado tienen derecho a recibir esas capacitaciones. Son obligatorias y tienen que tener como mínimo un total de 16 horas reloj.
Ley de Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicio (25.612)
Establece los bases mínimas sobre la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio.
La actividad industrial, según lo establece la ley, es todo procedimiento de transformación de una materia prima o material para la obtención de un producto final utilizando métodos industriales. La actividad de servicio es toda actividad que complementa a la actividad la industrial.
La gestión integral de residuos industriales y de actividades de servicio son las actividades que comprenden las etapas de generación, manejo, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los mismos, y que reducen o eliminan los riesgos de toxicidad o nocividad para garantizar la preservación ambiental y la calidad de vida de la población.
Los objetivos son los siguientes: Minimizar los riesgos potenciales de los residuos en todas las etapas de la gestión integral; Reducir la cantidad de los residuos que se generan; Promover la utilización y transferencia de tecnologías limpias y adecuadas para la preservación ambiental y el desarrollo sustentable; Promover la cesación de los vertidos riesgosos para el ambiente, entre otros.
Ley de Régimen de Gestión Ambiental de Aguas (25.688)
stablece el reglamento mínimo para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Incluye aguas naturales, artificiales, superficiales y subterráneas, las contenidas en los acuíferos y ríos subterráneos. Además, regulariza las actividades humanas en las cuencas hídricas superficiales (es la región geográfica delimitada por las divisorias de aguas que discurren hacia el mar a través de una red de cauces secundarios que convergen en un cauce principal único).
Ley de Régimen de Libre Acceso a la Información Publica (25.831)
Garantiza el derecho de acceso a la información ambiental que esté en poder del Estado,
tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios.
Según la ley, la información ambiental es toda aquella información en cualquier forma de expresión o soporte relacionada con el ambiente, los recursos naturales o culturales y el desarrollo sustentable. Puede ser sobre, el estado del ambiente y las actividades y obras que los afecten o puedan afectarlos o las políticas, planes, programas y acciones referidas a la gestión del ambiente.
El acceso a la información ambiental será libre y gratuito.
Ley Nacional de Gestión de Residuos Domiciliarios (25.916)
Determina la gestión integral de los residuos domiciliarios (pueden ser de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional).
Según la Ley, el residuo domiciliario son aquellos elementos que como consecuencia de los procesos de consumo y desarrollo de actividades humanas, son desechados y/o abandonados.
La gestión integral de residuos domiciliarios son las actividades para el manejo de residuos domiciliarios, con el objeto de proteger el ambiente y la calidad de vida de la población. Comprende las siguientes etapas: generación, disposición final, recolección, transferencia, transporte, tratamiento y disposición final.
Sus objetivos: Lograr un adecuado y racional manejo de los residuos domiciliarios; Promover la valorización de los residuos domiciliarios, a través de la implementación de métodos y procesos adecuados; Minimizar los impactos negativos que estos residuos puedan producir sobre el ambiente.
Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (26.331)
Establece las normas para el enriquecimiento, restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que estos brindan a la sociedad.
Los bosques nativos son los ecosistemas forestales naturales compuestos por arboles nativos, con flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea -suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos- brinda diversos servicios ambientales a la sociedad, además de los diversos recursos naturales con posibilidad de utilización económica.
Promueve la conservación mediante el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos y la regulación de la expansión de la frontera agropecuaria; Regular y controlar la disminución de la superficie de bosques nativos existentes; Mejorar y mantener los procesos ecológicos y culturales en los bosques nativos que beneficien a la sociedad; Fomentar las actividades de enriquecimiento, conservación, restauración mejoramiento y manejo sostenible de los bosques nativos